sábado, 1 de agosto de 2020

Precedente administrativo peligroso

Absalón Méndez Cegarra
@absalonmendez1

En los últimos días ha circulado por las redes una noticia relacionada con un supuesto Instructivo emanado del Ministerio de Educación Universitaria. Dicho Instructivo, según parece, pues, no hay, hasta ahora, anuncio oficial al respecto, ojalá no sea cierto, está relacionado con una disminución-eliminación de primas concedidas en el pasado a los trabajadores universitarios asociadas al salario y derivadas de la relación laboral, actividades especiales, ejercicio de cargos directivos y de gerencia administrativa. Estas primas han sido pagadas a obreros, empleados administrativos y personal docente que se desempeña o desempeñó en cargos directivos, de gerencia, personal de confianza y de responsabilidad administrativa.

La opacidad de la información que ha llegado al colectivo universitario ha levantado un sinnúmero de comentarios y críticas, bien intencionadas algunas, otras, no tanto, lo cual ha desfigurado por completo la lucha gremial por el mejoramiento de las condiciones generales de trabajo en la universidad venezolana.

Tal situación de confrontación y conflicto, de insultos e improperios, de guerra intestina entre los trabajadores universitarios, pareciera responder a una estrategia muy bien pensada del gobierno nacional, para agredir más a los trabajadores universitarios, vilipendiarnos, dejar sin efecto importantes reivindicaciones, aplastar la lucha gremial y sindical y cerrar toda posibilidad de mejorar los salarios de los trabajadores acorde con la pérdida del poder adquisitivo del signo monetario nacional y el costo de la vida en la Venezuela actual. Pues, si nosotros mismos, los trabajadores universitarios, nos oponemos a mejoras salariales obtenidas por nuestros compañeros de trabajo, el gobierno, sabiamente, lo entiende como un mandato que debe cumplir, una petición que debe ser respondida afirmativamente. Elimina las fulanas primas de algunos trabajadores y no incrementa los salarios de los demás trabajadores. Ganancia patronal total. Cero beneficios para unos y para otros. El gobierno reirá de contento. Los trabajadores universitarios hicimos el trabajo sucio que el gobierno quería realizar. Complacidos.

En nuestra opinión, la estrategia de lucha gremial ha debido ser otra. Tomar como punto de partida de lucha por mejores salarios, lo concedido a un sector laboral para lograr la extensión y mejoría salarial de todos los trabajadores. Ante esta situación, el gobierno carecería de argumentación para negarse; pero, al pedirle que anule derechos adquiridos de los trabajadores, le hemos puesto en bandeja de plata al gobierno una excusa de la mayor importancia para rechazar solicitudes reivindicativas de los trabajadores universitarios, de seguro, los trabajadores peor pagados del país.
Ningún trabajador debe oponerse a que la remuneración que reciba otro trabajador sea mejor que la propia. La lucha de los trabajadores tiene necesariamente que ser orientada en favor de todos los trabajadores. No, en contra de algunos.

Históricamente, los patronos, públicos y privados, se han resistido y resisten a pagar salarios justos a los trabajadores. La noción de salario justo la encontramos en la Encíclica del Papa Pío XI, “Cuadragésimo Anno, al respeto, tenemos, que:” (…) al trabajador hay que fijarle una remuneración que alcance a cubrir el sustento suyo y el de su familia”. Esta noción de justicia salarial, es la que ha sido incorporada en el texto constitucional de la República, y en la legislación laboral venezolana, a saber: “Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales…” (art.91. CRBV). Esta norma constitucional se repite en el artículo 98 de la LOTTT; pero, la LOTTT, establece en el artículo 100, los criterios para fijar el salario y, uno de los criterios, es: “La satisfacción de las necesidades materiales, sociales e intelectuales del trabajador, la trabajadora, sus familiares y dependientes, que les permitan una vida y decorosa.”

El salario del trabajador venezolano es indigno, humillante, vejatorio. Seguramente, el más bajo de todos los países del planeta. El salario mínimo, equivale a 1,5 $ mensual y el salario promedio para que un trabajador pueda ser calificado en situación de pobreza extrema, es, de 2 $ diarios; por consiguiente, todos los trabajadores venezolanos, o, casi todos, somos pobres. En especial, los trabajadores universitarios. El sueldo básico o tabla de un profesor titular, a dedicación exclusiva, es de Bs.1.534.270,73, equivalente, a 7 $ mensuales. Un verdadero insulto. Un irrespeto total a la dignidad humana.

Es práctica frecuente en Venezuela, mejorar la indignidad salarial mediante primas o bonos, algunos con efectos salariales, otros, sin efectos salariales. Las primas a las que refiere el supuesto Instructivo del Ministerio de Educación Universitaria, se inscriben en el concepto de salario integral, es decir, son salario debido al trabajador. Una vez pagada dicha prima, constitutiva del salario, no puede ser disminuida, eliminada o menoscabada, so pena de violación de los principios laborales constitucionales. Estas primas, ya, han pasado a formar parte del salario y, por consiguiente, constituyen, un derecho adquirido, además, la CRBV, en su artículo 89, establece, que:” El trabajo es un hecho social y gozará de la protección del Estado (…) 1. Ninguna ley podrá establecer disposiciones que alteren la intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios laborales (…) 4. Toda medida o acto del patrono o patrona contrario a esta Constitución es nulo y no genera efecto alguno”

Pues, bien, los derechos de los trabajadores son intocables, solo se pueden tocar para mejorarlos; y, en esta previsión constitucional, tenemos a los derechos adquiridos, por lo que de ser cierto lo referente al Instructivo que violenta derechos adquiridos de trabajadores universitarios, tal acto administrativo del Ministerio de Educación Universitaria es nulo, de toda nulidad, carente de efectos. Y, tal cosa debemos defenderla todos los universitarios, dejando a un lado pasiones encontradas, pues, estamos ante un peligroso y negativo precedente administrativo. Mañana, con igual argumento o parecido, el gobierno puede desconocer otros beneficios salariales de los trabajadores universitarios y no universitarios.

Conocemos la situación del sistema judicial venezolano; pero, en materia laboral, la justicia ha reconocido, casi siempre, la debilidad e indefensión del trabajador. Sí, como hemos dicho, el hecho es cierto, sin dilación alguna debe interponerse una acción de amparo constitucional por violación o amenaza de violación de derechos laborales fundamentales.

Al gremio profesoral al cual pertenecemos, si bien ha emitido opiniones que pueden entenderse como críticas al mejoramiento salarial de un sector laboral universitario, le pedimos que enfilemos las baterías en contra del verdadero enemigo, es decir, quien mantiene en situación de miseria al profesorado universitario. Aboguemos, mejor, para que se establezca una escala o tabla salarial básica, digna, justa, sí procede, con primas y bonos integrantes del salario integral, que mejore sustantivamente la calidad de vida de todos los trabajadores universitarios; y, para los jubilados y pensionados, simplemente, que se aplique el método legal de ajuste de las pensiones, el que sostiene, que: “Las pensiones mantendrán su poder adquisitivo constante (…)” (artículo 68. LOSSS, original, 2002).

Estas notas, con seguridad, producirán alguna sorpresa o malentendido; pero, responsablemente, fijamos posición adelantada, pues, guardar silencio ante una injusta medida administrativa, provocada por un gobierno que nos ha pisoteado a todos, es causar daños a compañeros trabajadores sin que nadie se beneficie de tal acción, es decir, sin lograr nada a cambio, que no sea perjudicarnos todos, lo cual puede rayar en un sentimiento humanos que rechazamos categóricamente: la envidia.

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