martes, 11 de noviembre de 2014

Crisis institucional universitaria

Jesús Rangel Rachadell
El Nacional, 11/11/2014

Hoy no hablaré de la crisis económica. Esa es responsabilidad del gobierno por su política cambiaria y monetaria; la guerra económica no existe; la solución a la inflación y a la escasez la tienen ellos, pero no hacen nada.

Es inconcebible que el gobierno nos lleve a muchos tipos de crisis, pareciera que le interesa el caos, que la tranquilidad sea imposible, ya que provocan las crisis, las generan, las alimentan, por eso la pregunta que se hacen los venezolanos es ¿a qué juega el gobierno?

Les voy a poner un ejemplo: la crisis universitaria.

La Asamblea Nacional, ejerciendo la mayoría oficialista que tenía en ese momento, aprobó la Ley Orgánica de Educación el 13 de agosto de 2009, y dos días después, el 15 de agosto de 2009, fue promulgada por el Presidente y publicada en la Gaceta Oficial N° 5929 Extraordinaria de ese mismo día.

El artículo 203 de la Constitución establece que son leyes orgánicas las que así denomina la Constitución y las que reciban esta calificación por la Asamblea Nacional. La Ley Orgánica de Educación no fue calificada como ley orgánica por la Constitución sino por la Asamblea Nacional, por lo que era necesario aplicar lo dispuesto en el artículo 203, segundo aparte, de la Ley Fundamental: “Las leyes que la Asamblea Nacional haya calificado de orgánicas serán remitidas antes de su promulgación a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, para que se pronuncie acerca de la constitucionalidad de su carácter orgánico. La Sala Constitucional decidirá en el término de diez días contados a partir de la fecha de recibo de la comunicación. Si la Sala Constitucional declara que no es orgánica, la ley perderá este carácter”.

El gobierno no cumplió con el procedimiento constitucional al aprobar la Ley Orgánica de Educación, no fue a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia y, si eso no fuera suficiente, creó el escenario para la crisis institucional universitaria. Conforme al artículo 109 constitucional: “…Las universidades autónomas se darán sus normas de gobierno y funcionamiento y la administración eficiente de su patrimonio bajo el control y vigilancia que a tales efectos establezca la ley”, y de un plumazo la Ley Orgánica de Educación les quitó a las universidades su autonomía, y la Sala Electoral les obliga a dictar un reglamento electoral, conforme a las pautas inconstitucionales de la Ley Orgánica de Educación, que establezca un régimen de elección distinto al previsto en la Constitución.

El 23 de diciembre de 2010, cuando todo el país estaba pendiente de las fiestas navideñas, la Asamblea Nacional que le tocaba entregar, aprobó la Ley de Educación Universitaria, la cual otorgó al gobierno la facultad de reglamentar la vida universitaria, pero esa ley nunca fue publicada en Gaceta Oficial, el Presidente decidió vetarla, no se atrevió a encender al país con una normativa inconstitucional, aunque decidieron aplicar la Ley Orgánica de Educación por otras vías, la judicial.

La Sala Electoral dictó la sentencia N° 104, el 10 de agosto de 2011, e impuso a la Universidad Central de Venezuela que “reforme y publique el Reglamento de Elecciones Universitarias de la Universidad, a fin de ajustar su contenido a las disposiciones de la vigente Ley Orgánica de Educación y a las consideraciones emitidas por esta Sala”; la UCV no se sometió y, por ende, no dictó el reglamento al que se le estaba obligando; luego, la Sala Electoral mediante la sentencia N° 83, del 17 de mayo de 2012, impuso a la UCV (a la Rectora, los decanos, los representantes profesorales y a los representantes estudiantiles) una multa equivalente a doscientas unidades tributarias; menos mal que la Sala Constitucional, el 21 de mayo de 2012, en un acto de sindéresis ordenó “la suspensión de los efectos de la sentencia N° 83 dictada el 17 de mayo de 2012, por la Sala Electoral”; es decir, suspendió la multa, situación que no ha sido decidida hasta la fecha.

La Sala Electoral ha venido suspendiendo las elecciones de las universidades (la última fue la UNA), hasta tanto no se adecuen a lo establecido en la Ley Orgánica de Educación, independientemente de que la Ley de Universidades sigue vigente, que están en contradicción estas leyes, y que la Constitución establece unos derechos a favor de las universidades que la Ley Orgánica de Educación desconoce.

La crisis institucional explotará cuando las últimas autoridades universitarias electas se agoten, quieran renunciar o fallezcan, y entonces será cuando el gobierno procederá a designar a quien considere, sin democracia; y si cree que exagero recuerde que en materia gremial la Sala Constitucional intervino el Colegio de Abogados del Distrito Capital (antes Distrito Federal), designó directiva temporal y comisión electoral, que “tendrá a su cargo la organización del proceso electoral conjuntamente con el Consejo Nacional Electoral” (sentencia del 14 de febrero de 2008); solo que la directiva temporal designada nunca pudo tomar posesión, y se ha mantenido la anterior. El CNE no ha autorizado las elecciones del Colegio de Abogados, tal vez esperando que a las actuales autoridades se las coma la tierra.

La solución es derogar la Ley Orgánica de Educación, o que la Sala Constitucional, como se le ha solicitado, declarare que esa ley es inconstitucional, para poder liberar a las universidades de la camisa de fuerza impuesta por la Sala Electoral; y para ello habrá que salir a la calle, de no hacerlo nos van a imponer a ideólogos que trabajarán por el comunismo del siglo XXI.

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