lunes, 23 de mayo de 2011

Asalto a la academia

León Arismendi
Tal Cual, 23/05/11
Como era de esperarse, vista la aviesa intención del Ejecutivo Nacional de liquidar uno de los pocos símbolos de la institucionalidad republicana que queda en pie, la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia suspendió las elecciones que debieron llevarse a cabo el pasado viernes 20 del mes en curso, con la finalidad de seleccionar a los Decanos de cada una de las Facultades y a los miembros del Consejo de Apelaciones de la Universidad Central de Venezuela.

La medida fue solicitada por profesores (contratados e instructores), estudiantes, obreros y empleados afectos al gobierno, quienes invocando el derecho a la participación política exigen que se les reconozca cualidad de electores en un cuerpo académico del cual no forman parte; esto es: de las Asambleas de Facultad; que son, por disposición de la Ley de Universidades, la autoridad máxima de estas.

La iniciativa forma parte del arsenal con el cual los constructores del socialismo y la patria quieren darle muerte a la universidad libre y autónoma. Primero pretendieron imponerla, ajuro y porque sí, mediante la "toma" del Consejo Universitario, uno de cuyos bastiones era la convocatoria de una "constituyente universitaria"; luego, la incluyeron en el proyecto de reforma constitucional de 2007 que el pueblo rechazó, con posterioridad y en franco desacato a la Constitución y al mandato popular expresado en dicho referendo, las focas de la Asamblea Nacional lo incorporaron en la Ley de Educación Superior y, meses antes de finalizarles el mandato, volvieron sobre el tema con la aprobación de una Ley de Universidades, cuyo texto fue engavetado una vez que el que mientan Chacumbele, en un arrebato de sensatez, decidió no hacerle honor a su apodo.

Lo han dicho muchos conocedores de la materia y la propia Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: una cosa es el derecho a la participación política que corresponde a cada ciudadano y que se expresa, entre otros, mediante la facultad de elegir a los titulares de determinados cargos públicos (alcaldes, gobernadores, Presidente) y otra es la de seleccionar las autoridades de una comunidad académica, cuya razón de ser es distinta. El derecho a votar en la elección de un alcalde lo tienen todos los habitantes del municipio que cumplan con el requisito de edad, sepan leer y escribir o no. En cambio, el derecho a elegir en la academia universitaria se adquiere por méritos.

Los miembros de las Asambleas de Facultad, por disposición de la Ley Universidades son: "los Profesores Honorarios, Titulares, Asociados, Agregados y Asistentes; los representantes estudiantiles y los representantes de los egresados de la respectiva Facultad".

Convertir la escogencia de Decanos e integrantes del Consejo de Apelaciones en una especie de elección de un alcalde es acabar con la academia universitaria y con la universidad misma.

La tarea de impedirlo es, en principio, de los universitarios; pero también, de la sociedad democrática, de los venezolanos todos.

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