Lissette Cardona
El Nacional, 11/12/10
Docentes de siete universidades consignarán el miércoles un texto alternativo que norme al subsistema
De aprobarse el anteproyecto de ley de educación universitaria redactado en la Asamblea Nacional, el Ministerio de Educación Universitaria tendría la potestad de decidir en todos los ámbitos de enseñanza de ese subsistema sin la participación de otros sectores académicos.
Leonardo Carvajal, integrante de la Asociación Civil Asamblea de Educación, aseguró que el proyecto redactado por los asambleístas elimina la autonomía universitaria y el Consejo Nacional de Universidades. En sustitución del órgano rector se otorgan 70 competencias al ministro de Educación Universitaria.
"Se consagra el poder monárquico de un ministro. Es la eliminación de cualquier mecanismo de concertación democrática", dijo el docente.
El artículo 16 del documento, cuya última revisión data del 30 de noviembre de 2010, ratifica las funciones del referido ministerio, pero también le asigna las funciones del actual Consejo Nacional de Universidades: garantizar el disfrute de la educación, regula, supervisar y controlar el funcionamiento del subsistema, planificar, ejecutar y formular políticas y programas, promover, integrar y facilitar la participación popular, además de promover la integración cultural y educativa regional y universal.
En lugar del CNU, el proyecto se refiere a un Consejo Nacional de Educación Universitaria con la función de coordinar la integración de la educación superior para el país y una Comisión Consultiva cuyos miembros serían designados por el titular del despacho educativo.
Leonardo Carvajal, integrante de la Asociación Civil Asamblea de Educación, aseguró que el proyecto redactado por los asambleístas elimina la autonomía universitaria y el Consejo Nacional de Universidades. En sustitución del órgano rector se otorgan 70 competencias al ministro de Educación Universitaria.
"Se consagra el poder monárquico de un ministro. Es la eliminación de cualquier mecanismo de concertación democrática", dijo el docente.
El artículo 16 del documento, cuya última revisión data del 30 de noviembre de 2010, ratifica las funciones del referido ministerio, pero también le asigna las funciones del actual Consejo Nacional de Universidades: garantizar el disfrute de la educación, regula, supervisar y controlar el funcionamiento del subsistema, planificar, ejecutar y formular políticas y programas, promover, integrar y facilitar la participación popular, además de promover la integración cultural y educativa regional y universal.
En lugar del CNU, el proyecto se refiere a un Consejo Nacional de Educación Universitaria con la función de coordinar la integración de la educación superior para el país y una Comisión Consultiva cuyos miembros serían designados por el titular del despacho educativo.
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