domingo, 13 de febrero de 2011

LEU: obligaciones para optar a cargos académicos

Ariana Guevara Gómez
El Nacional, 13/02/11
Una educación de calidad en las universidades se garantiza, entre otras cosas, por las características de los profesores. La Ley de Universidades de 1970 y el instrumento legal que aprobó la Asamblea Nacional, pero que fue vetado por el Presidente, dedican artículos al ingreso de los docentes, sus ascensos y destituciones. Este es otro asunto de importancia en los debates sobre una nueva ley de educación superior.

En la Ley de Universidades vigente se establece que para formar parte del personal docente de una institución se deben tener excelentes condiciones morales y cívicas; haberse desempeñado correctamente en los estudios universitarios, y cumplir con las condiciones que establezcan la ley y reglamentos.

Los concursos para obtener un cargo son opcionales: el Consejo Universitario determinará si son necesarios y los reglamentos dispondrán los detalles.

En la Universidad Central de Venezuela, los concursos de oposición son convocados públicamente. La persona que va a optar por el cargo debe presentar un examen oral y escrito sobre el programa de la materia que aspira a dictar. En la Universidad Simón Bolívar, quien quiera ser profesor puede dar la materia por unos años y recibe supervisión. Luego puede optar por el puesto de escalafón. 

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