viernes, 7 de enero de 2011

Autonomía universitaria (1)

Alexis Márquez Rodríguez
Tal Cual, 07/01/11
La universidad venezolana nació autónoma. La monarquía española siempre respetó la autonomía, y cuando, en el período colonial, fundó las primeras universidades en Hispanoamérica, fue bajo el modelo autonómico de la de Salamanca.

En el siglo XIII Alfonso el Sabio consagró al más alto nivel el principio de la autonomía, tal como regía en las demás universidades europeas, todas autónomas, de modo que el concepto mismo de universidad fue siempre consustancial con el de autonomía.

La Universidad de Caracas, hoy Universidad Central de Venezuela, nace el 22 de diciembre de 1721, cuando por Real Cédula se erigió en universidad lo que hasta entonces era el Seminario de Santa Rosa de Lima.

Posteriormente, por Real Cédula del 4 de octubre de 1781, se le concede la autonomía, con la facultad de dictar sus propias normas internas y la de elegir el rector por el Claustro universitario.

Consumada la independencia, en 1827 el Libertador, presidente de la Gran Colombia, promulga los Estatutos Republicanos, elaborados por la propia Universidad, en los que se mantiene el carácter autonómico, y además se dota a la Universidad de Caracas de ricas haciendas, para que, con sus rentas, se financiase, garantizando de ese modo su independencia económica.

Pero la autonomía ha tenido en Venezuela insidiosos enemigos. La primera agresión contra la autonomía de nuestras universidades fue en 1849, cuando el presidente José Tadeo Monagas hizo dictar un Código de Instrucción Pública donde se establecía, con inaudito descaro, que "no podrán proveerse las cátedras en propiedad, ni en interinato, en personas desafectas al Gobierno Republicano o sospechosas de su amor al espíritu democrático del sistema de Venezuela (...). También podrá el Poder Ejecutivo, usando de la facultad gubernativa, remover de sus cátedras a los catedráticos que fueren desafectos al Gobierno o del espíritu democrático del sistema de la República".

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